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Stanpa sancionada por las autoridades de Competencia

La Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética (Stanpa) ha sido sancionada por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) a pagar una multa de 901.518 euros por “intercambio de información comercialmente sensible”.

El fallo de la CNC se refiere al intercambio de datos, realizado entre 2004 y 2008, en el seno de los comités de estética profesional, gran consumo y selectivo de la patronal, que permitió las empresas conocer las estrategias futuras de sus rivales y por tanto infringir el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia.

El organismo judicial considera que se produjo una “restricción de la competencia” y subraya la gravedad de la falta, máxime “cuando se intercambian datos individualizados sobre predios o cantidades actuales o de futuro”.

Stanpa ha anunciado su intención de interponer un recurso judicial contra la sanción que considera injustificada. Además, asegura que “todos sus procedimientos han sido auditados por expertos externos y que siempre se ha comportado de forma respetuosa con las normas de Competencia”. Sostiene, asimismo, que “como asociación profesional puede elaborar estadísticas e informes sobre la evolución del mercado y difundirlos posteriormente entre sus socios”.

La CNC abrió un expediente a Stanpa en julio de 2009 , con motivo de las investigaciones realizadas sobre el cártel de fabricantes de gel, integrado por Sara Lee, Puig y Colgate, que se resolvió en enero de 2010 con una multa de 8,3 millones de euros, siendo la primera vez que se sancionaba el aplicación del programa de clemencia.

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